Aprueba Senado prohibición de terapias de conversión sexual

Se imponen de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA

Aprueba Senado prohibición de terapias de conversión sexual
 

El Senado de la República aprobó la prohibición de las llamadas terapias de conversión sexual, así como las penas de cárcel a quienes las realicen. 

Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, los legisladores avalaron las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud.

En esta se imponen de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por estas prácticas, al afirmar que menoscaban la integridad de las personas.

El documento, que ya se envió al Ejecutivo Federal, plantea que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Precisa, además, que se aumentará al doble la sanción cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad. Cuando sea el padre, madre o tutor de la víctima quien incurra en las conductas, se aplicarán las sanciones de amonestación a consideración del juez.

El dictamen también señala que cuando la persona autora tuviere con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación; o se valga de la función pública para cometer el delito, será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo por un tiempo igual a la pena impuesta.

Además, se subraya que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen estas prácticas serán sancionadas y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Los senadores avalaron que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito.

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