Considera SCJN que corridas de toros y peleas de gallos no son patrimonio cultural
Tal declaratoria debe ser emitida por la Federación, no por las entidades, señala
“Por ello, resultó inconstitucional el Decreto reclamado en el juicio de amparo, ya que el Estado de Nayarit no cuenta con la facultad de declarar a la “fiesta taurina” y a las “peleas de gallos” como patrimonio cultural inmaterial”, se lee en el documento.
Finalmente, destacó que en este caso no se resolvió sobre si deben o no ser prohibidas legalmente las “peleas de gallos” o la “fiesta taurina”, pues precisó que ello no se planteó en el juicio de amparo.