Declara TEPJF invalidez de Revocación de Mandato… por no alcanzar porcentaje de firmas

Declara TEPJF invalidez de Revocación de Mandato… por no alcanzar porcentaje de firmas
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En Sesión Solemne, el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la invalidez de la Revocación de Mandato, toda vez que el resultado del ejercicio democrático no se convirtiera en una acción vinculatoria.

El Acuerdo General 9/2020, referente al proyecto de resolución relativo al cómputo final y declaratoria de conclusión del proceso de Revocación de Mandato del presidente, electo para el periodo constitucional 2018-2024, dice no ha lugar de la declaratoria de validez del proceso, al no haberse alcanzado el porcentaje mínimo del 40 por ciento de participación exigido por la Constitución general.

El magistrado presidente del Tribunal, Reyes Rodríguez Mondragón, expuso que la jornada celebrada el pasado 10 de abril fue un hito en la historia del país y que incluso tuvo 266 sentencias. Además, dio lectura a los resultados alcanzados.

“De esta participación, un millón 63 mil 209 de los votos emitidos eligieron la opción para que el titular del Ejecutivo federal se le revoque el mandato por pérdida de confianza, es decir, el 6.44 por ciento de la votación emitida; 15 millones 159 mil 323 votos eligieron la opción ‘que siga en la Presidencia de la República’, lo que equivale al 91.86 por ciento. Los 280 mil 104 votos restantes corresponden a votos nulos, lo que representa el 1.70 por ciento. Como resultado de esta participación ciudadana, que fue menor al umbral requerido por la Constitución, no ha lugar a emitir la declaratoria de validez”, señaló.

Los siete magistrados del Tribunal Electoral emitieron sus votos a favor del proyecto, que fue publicado para conocimiento de los ciudadanos el martes 26 de abril por el órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.

“En consecuencia, con fundamento en los artículos 35 fracción novena, apartado sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55 fracción segunda de la Ley Federal de Revocación de Mandato, se declara: Primero. La Sala Superior emite el cómputo final del proceso de Revocación de Mandato para el presidente de los Estados Unidos Mexicanos electo para el periodo constitucional 2018-2024 en los términos del apartado 4.3 de esta resolución; Segundo. No ha lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de Revocación de Mandato del titular del Poder Ejecutivo federal electo para el periodo constitucional 2018-2024, al no haberse alcanzado el porcentaje mínimo de participación exigido por la Constitución”, señaló.

En la sesión estuvieron presentes el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar; el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández; el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello; así como el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado. 



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