Invalida TJA inhabilitación de vocales de la junta municipal de Centro del IEPC por anulación de la elección de 2015

Lamenta consejero electoral que el asunto quede en la impunidad

Invalida TJA inhabilitación de vocales de la junta municipal de Centro del IEPC por anulación de la elección de 2015

El Tribunal de Justicia Administrativa de Tabasco dejó sin efecto la sanción impuesta por el Consejo Estatal del IEPC a los tres vocales de la otrora junta municipal de Centro, tras la anulación de la elección en 2015.

Así lo dio a conocer el consejero electoral, Vladimir Hernández Venegas, quien lamentó que el asunto quede en la impunidad, pues ya feneció el tiempo para inhabilitar a los funcionarios ante las anomalías que se registraron y llevaron a repetir el proceso electivo en 2016.

Hernández Venegas comentó que el fallo de la Sala Especializada en materia de responsabilidad administrativa confirmó el criterio de que era la Contraloría Interna del IEPC quien debió emitir la sanción y no el Consejo Estatal.

“El 25 de junio recibimos la sentencia que emite la Sala Especializada en materia de responsabilidades administrativas del Tribunal de Justicia Administrativa, quien confirma que quien es la autoridad facultada para resolver los procedimientos administrativos de responsabilidad que se inicien en contra de los servidores públicos electorales, es precisamente la Contraloría del IEPC, como consecuencia se declara la nulidad de la sanción que se impuso en ese momento y lamentablemente será un caso más de impunidad”, expresó.

El consejero electoral expuso que el fallo debe servir como antecedente para que la nueva contralora del IEPC, Gabriela Tello Maglioni, no fomente la impunidad y transgreda la ley a como hizo su antecesor, Miguel Armando Vélez Téllez, hoy secretario de Finanzas de la UJAT.

“Esto nos va a servir como un antecedente para que claramente quede establecido que tratándose en materia de responsabilidad en la que incurra cualquier servidor público del IEPC, incluido los que fueron contratados para el desarrollo del proceso electoral, como son los vocales, corresponde su conocimiento y su resolución a la contraloría, y no fomentar la impunidad”, indicó.

Vladimir Hernández recordó que con motivo de la anulación de la elección de Centro en 2015, la contraloría del IEPC inició un procedimiento sancionador por instrucciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en contra de quienes fungieron como vocales en el Consejo Electoral Municipal.

Sin embargo, comentó que la contraloría “de manera injustificada e infundada”, turnó el asunto al Consejo Estatal para que determinara lo conducente, y en ese entonces se acusó a los consejeros de no asumir su responsabilidad porque se alegaba que era la Contraloría quien tiene la facultad para resolver.

Y es que la dirección jurídica del IEPC también opinó que la Contraloría era la responsable de llevar a cabo el proceso sancionador, pero al final el Consejo Estatal cedió.

Cabe recordar que el vocal ejecutivo, César Hiram Ordaz Córdova; la vocal secretaria, Liliana Mayorga Pérez; y el vocal de Organización Electoral y Educación Cívica, Luis Enrique Gordillo Borges, fueron inhabilitados por un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.



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