Determina TJA que contraloría del IEPC no puede inhabilitar a ex funcionarios electorales

Determina TJA que contraloría del IEPC no puede inhabilitar a ex funcionarios electorales
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El Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) determinó que la Contraloría del IEPC no tiene facultad para inhabilitar a los ex funcionarios electorales que no comprobaron erogaciones en la cuenta pública 2015.

En entrevista, el contralor del órgano electoral, Miguel Vélez, explicó que a inicios de octubre el tribunal emitió una resolución señalando que la competencia para sancionar al ex director, subdirector y ex jefe de recursos financieros, que no pudieron solventar de una muestra de un millón 200 mil pesos, 670 mil pesos en la compra de comida, era el Consejo Estatal Electoral.


Pese a que se solicitó a los magistrados del Tribunal de Justicia Admistrativa que hicieran una revisión de ese resolutivo, Vélez Téllez, lamentó que le respondieran “que no hay importancia y trascendencia en este asunto”.

“Y además argumenta dentro de su resolución el TJA que el contralor emitió agravios. Yo fui nombrado por el Congreso al igual que los magistrados, ellos fueron nombrados a propuesta del Ejecutivo, nosotros nos debemos a la sociedad, nosotros debemos ser garantes de cuidar los recursos humanos, materiales y financieros de todo lo que se llame ente público”, agregó.

El contralor del electoral, criticó que no hayan entrado al fondo de este caso, pese a las observaciones a la cuenta pública 2015 del IEPC.

“Nosotros no podemos juzgar la actuación del TJA, lo que si podemos decir es que el TJA hasta ahorita no se empleó a lo que debió haber hecho, el fondo del asunto”, reiteró.

Miguel Vélez señaló que será el Consejo Estatal del IEPC quien determinará si está de acuerdo con el resolutivo del Tribunal de Justicia Administrativa.


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