Determina SCJN que pensión de trabajador de Pemex sea para dos viudas

Los ministros señalaron que las dos viudas tenían los mismos derechos por estar casadas legalmente

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la pensión de un trabajador de Petróleos Mexicanos (Pemex), fallecido en 2016, debe ser dividida entre dos mujeres que estaban casadas con él, al mismo tiempo.

Las mujeres, en su calidad de viudas y sus respectivos hijos, demandaron ser reconocidos como legítimos beneficiarios de los diversos derechos laborales derivados de la muerte del trabajador quien se llamaba Eduardo y estuvo casado por el civil al mismo tiempo con ellas; una vivía en Veracruz y otra en Nuevo León.

Los ministros señalaron que las dos viudas, de nombres Olga Lidia y María Guadalupe, tenían los mismos derechos, pues habían contraído matrimonio legalmente, por lo que la pensión se tendría que dividir a la mitad en beneficio de ambas partes y sus hijos.

Cuatro de los cinco integrantes de la Segunda Sala de la SCJN, coincidieron en que la temporalidad de los matrimonios no puede considerarse como una razón válida para la exclusión de los derechos de protección a la familia de aquella persona que, con independencia de la validez o no del vínculo matrimonial, acredite que efectivamente sostenía una relación de cónyuge.