Invalida SCJN delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de tres de las cuatro fracciones del Artículo 331 del Código Penal de Veracruz, que castigaban con hasta siete años de prisión el delito de ultrajes a la autoridad.

La ponencia de la resolución estuvo a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien señaló que la tipificación de este delito no solo era ambigua e imprecisa, sino que también era contraria a la libertad de expresión.

“Sin duda se trata de una limitante a la libertad de expresión, pues penaliza la expresión de los ciudadanos frente a las autoridades. Sin embargo, la descripción típica es susceptible de que, con cualquier formulación verbal, escrita, o incluso cibernética, se cause molestia o incomodidad a cualquier servidor público en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, pues no contiene en la propia ley, las aclaraciones y precisiones necesarias para evitar su aplicación arbitraria”, dijo.

“En una sociedad donde prima la libertad de expresión no puede quedar al gran margen de apreciación de la autoridad cuándo una conducta es ofensiva o injuriosa o amenazante o agresiva, como dice el artículo. Puede ser una palabra, un tono de voz, un gesto, una señal, una forma de hablar, una burla”, indicó. 

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado, Ricardo Monreal, celebró la determinación de la SCJN de declarar la inconstitucionalidad del Artículo 331 del Código Penal de Veracruz, sobre el delito de ultrajes a la autoridad.

“Decisión justa y correcta. Ahora, a luchar para que sean liberadas todas las personas que están privadas de su libertad por este ominoso ilícito”, escribió en su cuenta de Twitter.

Cabe señalar que, en su sesión de este martes, la SCJN determinará los efectos de sus votaciones de hoy, que podrían incluir la libertad inmediata de todas las personas sujetas a proceso por el delito de “ultraje a la autoridad”.