SCJN avala nuevamente que Fuerzas Armadas participen en labores de seguridad pública

Loretta Ortiz Ahlf, dijo coincidir en que no se desvirtúa la coordinación en materia de seguridad pública

Este jueves, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró nuevamente como constitucional la participación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública.

Lo anterior, luego de que los ministros determinaran que el acuerdo presidencial del 11 de mayo de 2020, no invade las atribuciones legales de los gobiernos estatales y municipales, como se señalaba en las controversias constitucionales promovidas por Colima, Michoacán y el ayuntamiento de Pabellón de Arteaga, Aguascalientes.

En este sentido, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, ponente del asunto, propuso la constitucionalidad del acuerdo, al asegurar que la seguridad pública es una materia concurrente entre los tres niveles de gobierno, por lo que no se invadieron facultades de municipios ni entidades federativas.

Por su parte la ministra Loretta Ortiz Ahlf, dijo coincidir en que no se desvirtúa la coordinación en materia de seguridad pública, ni se someten a la Federación las facultades de los municipios o estados.

“Además, el acuerdo impugnado supone que las Fuerzas Armadas complementarán la Guardia Nacional, la cual es un cuerpo de seguridad federal para el desempeño de sus funciones, situación que no contraviene las atribuciones del ayuntamiento ni de los estados, como es, por ejemplo, el mando de la policía preventiva a cargo de la presidencia municipal en los términos del artículo 105 fracción séptima de la Constitución”, explicó.

Cabe señalar que los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Luis María Aguilar, votaron en contra del reconocimiento de constitucionalidad del acuerdo, por considerar que no cumple con los criterios establecidos por la propia Suprema Corte para el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.