Considera SCJN que corridas de toros y peleas de gallos no son patrimonio cultural

Tal declaratoria debe ser emitida por la Federación, no por las entidades, señala

 

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo contra el Decreto del Estado de Nayarit, en el cual se declaró a la “fiesta taurina” y a las “peleas de gallos”, como patrimonio cultural inmaterial de esa entidad.

A través de un comunicado, la Sala precisó que la facultad para emitir este tipo de declaratorias sobre patrimonio cultural, corresponde a la Federación y no a las entidades federativas, conforme a la interpretación de la Constitución Federal y la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

Finalmente, destacó que en este caso no se resolvió sobre si deben o no ser prohibidas legalmente las “peleas de gallos” o la “fiesta taurina”, pues precisó que ello no se planteó en el juicio de amparo.