En trámite 20 juicios de amparo contra ‘Ley Dedazo’; siete se han sobreseído

 

Con corte al 13 de mayo pasado, en el estado se habían promovido 28 juicios de amparo en contra de la reforma a la Ley Orgánica de los Municipios en materia de designación directa de los delegados municipales, mejor conocida como “Ley Dedazo”. 

De esos amparos, que radican en los juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo de Distrito en el estado, a la fecha se han resuelto ocho, de los cuales siete se han sobreseído porque los jueces consideran que el Decreto impugnado, no afecta los intereses jurídicos de las personas que los promovieron.

Solo en uno de esos juicios, que se tramitó bajo el expediente 1029/2021-V, el Juez Cuarto de Distrito entró al estudio de fondo del asunto, pero negó el amparo a la parte quejosa, al considerar que la omisión de consultar a los pueblos y comunidades indígenas del estado, antes de emitir dichas reformas, no trastocó los derechos humanos de la población que habita en esos asentamientos, pues no se trata de un acto que impacte significativamente su entorno, como lo sería, por ejemplo, la pérdida de territorios o de tierras tradicionales, el desalojo de sus tierras, la destrucción y contaminación ambiental, entre otros.

El juzgador dictaminó que los delegados municipales no tienen el carácter de representantes de la población, sino que son auxiliares de los ayuntamientos, por lo que no se encuentran involucrados derechos político-electorales.

Además, refirió que la ley en mención contempla que la población indígena contará con una Dirección o un Departamento de Asuntos Indígenas, cuyo titular será electo por los pueblos y comunidades indígenas del municipio, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, por lo que su representatividad ante los ayuntamientos está garantizada.

Los otros 20 juicios de amparo se encuentran en trámite, por lo que su resolución se conocerá más adelante.