SOMOS celebra decisión del TEPJF para invalidar “boletas planchadas”
Resolución representa un paso para fortalecer la certeza y confiabilidad de los procesos electorales en México, señaló
El partido SOMOS celebró la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que determinó que las llamadas “boletas planchadas” no deberán contabilizarse como votos cuando sean encontradas dentro de las urnas sin las marcas de doblez propias del procedimiento ordinario de votación.
En un comunicado, el partido señaló que la resolución representa un paso para fortalecer la certeza y confiabilidad de los procesos electorales en México.
Asimismo, consideró que el fallo constituye un triunfo para quienes, desde los partidos políticos, han exigido reglas claras que garanticen que cada voto sea producto de la voluntad ciudadana.
“Para SOMOS, esta determinación confirma que la certeza electoral no puede quedar sujeta a interpretaciones discrecionales durante los cómputos, particularmente cuando existen elementos materiales que permiten cuestionar que una papeleta haya sido introducida a la urna conforme al procedimiento establecido”, aseveró.
Manifestó que las denominadas “boletas planchadas” son aquellas papeletas encontradas dentro de las urnas completamente extendidas, sin las marcas de doblez, arrugas o señales físicas que normalmente se generan al doblarlas para introducirlas por la ranura de la urna.
Recordó que la controversia surgió porque los lineamientos del INE dejaban en manos de los consejos distritales la valoración de este tipo de boletas, lo que podía generar criterios diferentes frente a una misma circunstancia.
En este sentido, SOMOS, expuso que para ellos este fallo representa una victoria jurídica, pero, también una victoria para los ciudadanos y para la democracia mexicana.
“Nuestra fuerza política sostiene que cada voto debe ser contado con reglas claras, uniformes y verificables, pero también que ninguna boleta cuya incorporación al paquete electoral genere una duda objetiva puede ser contabilizada sin un criterio jurídico previamente establecido”, asentó.
Por último, reconoció la decisión de la Sala Superior como un precedente relevante rumbo al Proceso Electoral Federal 2026-2027, ya que evita que la decisión sobre estas papeletas quede sujeta a criterios distintos de un consejo distrital a otro.