TEPJF declara inaplicable cese de Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del INE

Se rechazó el artículo 17 transitorio del llamado “Plan B” que ordenaba el cese inmediato del funcionario electoral

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró como inaplicable el cese de Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE).

Por mayoría de votos, y a propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, la Sala Superior rechazó el artículo 17 transitorio del llamado “Plan B” de la reforma electoral, que ordenaba el cese inmediato del titular de la Secretaría Ejecutiva del INE.

Fue a principios de marzo, tras entrar en vigor la reforma, que el INE impugnó ante el Tribunal Electoral la aplicación del artículo transitorio, al considerar que afectaba el principio de igualdad ante la ley y la autonomía de las funciones del instituto.

La Sala Superior, en sesión pública presencial, inaplicó el artículo impugnado y ordenó la continuación del cargo de Edmundo Jacobo.

Ello, al advertir que se trata de una norma privativa contraria a la Constitución federal, así como a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues el artículo transitorio transgrede el principio de igualdad al estar dirigido a un sujeto en específico.

Finalmente, la Sala Superior determinó que el artículo impugnado trasgredió una facultad reservada al Consejo General y vulneró la autonomía e independencia funcional.