Alcaldes, exfuncionarios y exdiputados, en la lista de 25 tabasqueños sancionadas por violencia política

Hasta el 21 de diciembre de 2022, el registro publicado por el INE tenía 254 personas que están imposibilitadas de contender por algún cargo de elección pública

A poco más de dos años de la reforma del 13 de abril de 2020 para configurar la violencia política por razones de género, los casos van en aumento en el país.

Al 21 de diciembre de 2022, el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política en Contra de las Mujeres, publicado por el Instituto Nacional Electoral (INE), tenía 254 registros de personas que están imposibilitadas de contender por cualquier cargo de elección pública.

                                                            

Las entidades con al menos un caso de violencia política son el Estado de México, Michoacán y Tamaulipas. 

Del total de personas sancionadas en el país, 210 son hombres y 44 mujeres.

En el caso de Tabasco la lista de agresores la integran presidentes municipales, exservidores públicos, exdiputados, excandidatos, periodistas, representantes de partidos políticos y ciudadanos.

Entre las personas sancionados por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) y que fue confirmado por tribunales electorales se encuentran el actual edil de Jonuta, Eric Garrido Argáez; los exalcaldes Evaristo Hernández Cruz, de Centro; Francisco Alfonso Filigrana Castro, de Jonuta; y Nydia Naranjo Cobián, de Cunduacán.

Asimismo, el exdiputado y actual secretario del Ayuntamiento de Cárdenas, José Manuel Sepúlveda; el exsecretario del Concejo Municipal de Jalapa, Carlos Mario Cornelio;  el dirigente del PRD en Jonuta, Salustino Estrada Martínez; los representantes del partido amarillo, Javier López Cruz y del PT, Luis Gonzalo Campos González, así como los periodistas Homero Turrubiarte Calderón; Francisco Román Rojas Soberano, Jacinto López Cruz, entre otros.

La consejera del INE, Carla Humphrey, admitió que durante los pasados comicios no se logró impedir que personas sancionadas accedieran a una candidatura, ya que sus sentencias no analizaron si mantenían un modo honesto de vivir, tal como la Constitución lo establece para acceder a un cargo de elección popular.

“Gracias al registro nacional de personas sancionadas hemos visto que los tribunales locales no analizan si una persona sigue cumpliendo con el requisito de tener un modo honesto de vida, el 94% de las autoridades no analiza el modo honesto de vivir frente al 6% que sí lo analiza”.

 

“Entonces aquí estaríamos impidiendo que las personas que violenten a las mujeres tengan consecuencias en este proceso electoral, por ejemplo que se les retire una candidatura o no puedan ser postuladas a un cargo de elección popular, así que resulta prioritario impulsar una reforma legal que amplíe la causal de ilegibilidad por haber sido sancionado por cualquier tipo de violencia de género”, expresó.

Cabe apuntar que hay jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que dice claramente que la inelegibilidad únicamente se actualiza cuando en una sentencia firme se determina que una persona carece de modo honesto de vivir.