Amílcar Olán intentó silenciar a la XEVT y otros 13 medios
El amigo cercano de “Andy” López Beltrán indicó que que se ha visto afectado por la difusión y emisión de diversas publicaciones
El empresario tabasqueño Amílcar Olán promovió un recurso de amparo con el que buscaba frenar la difusión de su nombre y de información relacionada con su actividad empresarial por parte de 14 medios de comunicación y plataformas digitales, entre ellos Telereportaje (XEVT).
De acuerdo con el recurso judicial, iniciado el año pasado en Villahermosa y al que tuvo acceso Proceso, Olán Aparicio señaló a plataformas digitales como Google, Facebook, YouTube, TikTok y X, así como a medios de comunicación nacionales como Latinus, Aristegui Noticias y El Universal, además de al menos cinco medios de Tabasco.
En el documento, el amigo cercano de “Andy” López Beltrán y que obtuvo diversos contratos millonarios durante el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador, indicó que se ha visto afectado por “la difusión y emisión de diversas publicaciones, tanto visuales como escritas, en medios electrónicos”, al señalar que atentaban contra “el honor, decoro, vida privada y reputación”.
Sin embargo, la solicitud de amparo fue rechazada el 14 de marzo de 2025, luego de que magistrados del Tribunal Colegiado de Materia Administrativa de Villahermosa la declararan improcedente, al argumentar que los medios de comunicación y las plataformas digitales no cumplen con los requisitos para ser considerados autoridades contra quienes procede el juicio de garantías, según lo establecido en la Ley de Amparo.
Asimismo, el empresario tabasqueño alegó que los medios de comunicación mencionados no le han dado acceso a su derecho de réplica, a los que los magistrados señalaron que este está supeditado a las aclaraciones, no a la censura.
“Así el derecho de réplica se considera un mecanismo que no tiene como objetivo censurar opiniones o reparar agravios en un sentido de compensación económica, sino que al hacer alusión a información inexacta o falsa, debe entenderse como un mecanismo de tutela al equilibrio informativo, que requiere necesariamente que los datos o hechos publicados falten a la verdad o que, por su origen, por su forma de presentación o por su ubicación en los espacios dispuestos en un medio de comunicación, den la apariencia de objetividad cuando en realidad inducen a conclusiones equívocas o incompletas al haberse presentado de manera selectiva o haberse omitido información relevante", se lee en el fallo del recurso de queja con el número de expediente 155/2024.
Cabe recordar que diversos medios de comunicación, principalmente Latinus, ha dado a conocer que Olán Aparicio se vio beneficiado con diversos contratos millonarios en el sexenio anterior en obras como el Tren Maya, el Tren Interoceánico, así como por la adquisición de medicamentos.
Esta semana, la fiscal general de la República, Ernestina Godoy, aclaró que no existe ninguna orden de aprehensión en contra de Amílcar Olán, tras señalamientos de estar presuntamente involucrado también con el tema del huachicol.