La SCJN se extralimitó al consignar al cabildo de Paraíso ante juez de oralidad sin notificar antes a PGR

 

El Colegio de Abogados de Tabasco advirtió que debido a que la Suprema Corte de Justicia se extralimitó al consignar ante un juez de oralidad al cabildo de Paraíso, los acusados pueden ampararse por la causa penal.

 

 

El abogado colegiado, Héctor Vera, detalló que bajo el debido proceso, la Suprema Corte debió informar a la Procuraduría General de la República para que iniciara la respectiva carpeta de investigación, sin embargo, tomó la decisión de consignar por si misma el caso ante un juez de oralidad.

 

 

“En el mismo artículo 107 de la Constitución que establece cuál es el procedimiento que debe de seguir la corte, tiene que hacerle del conocimiento de la Procuraduría General de la República para que inicie la carpeta de investigación, pero directamente consignó ante un juez de oralidad, es decir, la función de persecución del delito le corresponde al Ministerio Público, la Corte no tiene esa función, pero la Corte se extralimitó y consigna”, explicó.

 

 

 

 

“La Corte ha cumplido con lo que manda la Constitución, la Constitución habla de dar vista en el segundo párrafo de la fracción décima segunda del artículo 107 constitucional que debe darse vista al ministerio público de la Federación, pero también dispone el texto que se consigne; bajo el nuevo esquema de juicios orales, no hay consignación, habrá judicialización, habrá vinculación a procesos, pero no hay consignación”, apuntó.