Valida la SCJN reforma del gobierno de Tabasco para reducir al 50 por ciento el financiamiento a partidos

Con 9 votos a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, validó la reforma constitucional propuesta por el gobernador de Tabasco, Adán Augusto López, la cual tiene el propósito de reducir al 50 por ciento el financiamiento a partidos políticos.

Durante su ponencia, el ministro Jorge Mario Pardo, indicó que en el artículo 116, fracción IV, inciso g), de la Constitución federal, dispone que la legislación estatal electoral, debe garantizar que los partidos políticos reciban de manera equitativa, financiamiento público para sus actividades ordinarias permanentes, por lo que se desprende que no establece que las prerrogativas para los partidos políticos sea igualitario, sino que se señala que debe ser equitativo.

Mencionó que se buscaba la invalidez del párrafo primero del inciso a) de la fracción VIII del apartado A, del artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Tabasco, reformada en octubre de 2019, que señala: “la ley establecerá los presupuestos, requisitos de procedencia y el trámite del sistema de impugnación”, a los partidos políticos, pero los argumentos fueron infundados.

“Las entidades federativas tienen libertad de configuración en este punto, siempre y cuando se cumpla con la Constitución federal y la Ley General de Partidos Políticos, finalmente de igual forma, se estiman infundados los argumentos en los que señala que no existe certeza, sobre qué financiamiento deben recibir los partidos políticos, ya que se deja de lado su distinción, lo anterior, toda vez que el legislador se refiere al financiamiento público local, y de ninguna manera pretende regular el federal como se advierte del propio acápite del artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Tabasco, que señala que el estado de Tabasco, es libre y soberano, en lo que se refiere a su régimen interior, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señaló.