Juez otorga amparo a Súper Sánchez contra Ley Antiplásticos

El Congreso local no tiene facultades para legislar en la materia porque es un asunto de competencia federal

El Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Tabasco otorgó un amparo a la empresa Súper Sánchez  S.A de C.V, contra la llamada Ley Antiplásticos.

El 6 de junio de 2022 entró en vigor en la entidad la Norma Ambiental Estatal NAETAB 001-SBSCC 2020, que prohíbe la distribución y entrega de bolsas de plástico, popotes y recipientes de unicel a consumidores en establecimientos.

A través de la sentencia dictada en el juicio de amparo 1429/2022-VI, a la abarrotera le concedieron el amparo por considerar que esas disposiciones son inconstitucionales,  ya que el Congreso local no tiene facultades para legislar en la materia al tratarse de un asunto de competencia federal.

La abarrotera Súper Sánchez presentó la demanda el 31 de agosto de 2022 en los Juzgados de Distritos en el Estado; el dos de septiembre fue admitida y el 12 de diciembre pasado fue concedida por Manelic Delón Vázquez, Juez Octavo de Distrito en el Estado de Tabasco. 

Notifican sentencia

Sin embargo, fuentes consultadas afirmaron que apenas el martes 3 de enero el Congreso de Tabasco fue notificada de la sentencia emitida por el Juzgado de Distrito.

En su momento, el secretario de Bienestar, Sustentabilidad y Cambio Climático (SBSCC), Manuel Graniel Burelo, aseguró que el fallo de la Suprema Corte sobre la “Ley Antiplásticos” solo aplica para Oaxaca y no para Tabasco, no obstante, pareciera que esto no es así, ya que las empresas que promuevan amparos contra esas disposiciones se las van a conceder.

Cabe apuntar que la llamada “Ley Antiplásticos” busca llegar a utilizar al 100 por ciento artículos reciclados, biodegradables y/o compostables, en beneficio del medio ambiente y la sociedad.