OXXO no tiene restricción para vender bebidas alcohólicas cerca de escuelas: Dirección de Licencias

La directora de la DACSyH destaca que metieron una ley para regular el expendio que está cerca de las instalaciones de la División

 

El director de Licencias e Inspecciones de la Secretaría de Finanzas, Daniel Alberto Flores Pérez, aseguró que las tiendas de conveniencia no tienen ninguna restricción para vender bebidas alcohólicas cerca de escuelas.

Declaró que en el caso del OXXO ubicado a un costado de la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades (DACSyH) de la UJAT, tiene la anuencia del estado y el municipio, además que no necesitaba ningún permiso de la autoridad universitaria para vender alcohol.

Y es que Felipa Nery Sánchez Pérez, directora de la DACSyH, criticó que se haya dado anuencia para que una tienda de conveniencia pueda vender bebidas alcohólicas en las inmediaciones de la universidad.

Sánchez Pérez reflexionó que si algún joven quisiera ingresar bebidas embriagantes a una institución educativa, no necesariamente tendría que comprarlas a lado de la escuela.

Además, apuntó que la ley que regula la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Tabasco, es permisible en este tema.

“Y además lo que se declaró ahí, si un muchacho quiere llevar alcohol lo compra a 2 km de ahí, entonces no es que ninguna que está enfrente o a lado no tiene nada que ver. - ¿Solamente sería un depósito el que no podría estar a lado de una escuela o iglesia? exactamente. - ¿Y por qué tiene tanta libertad? - Así está la ley. Cuando entramos nosotros así estaba. Ahorita se metió una nueva ley para regular varias cosas. - ¿Y ahí viene ese control?- Se metieron, a ver qué es lo que autorizan ahí”, puntualizó.

Sin regulación en la ley

En una consulta  a ley que regula la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Tabasco, se señala en el artículo 17 que los únicos que no pueden vender alcohol en un radio de 300 metros de escuelas, parques, centros deportivos, edificios públicos e iglesias, son los abarrotes, expendios, minisúper y ultramarinos. No se incluye a las tiendas de conveniencia.

La única restricción para las tiendas de este tipo es que vendan las bebidas alcohólicas en envases cerrados.