Turna SITSSAET recurso de inconformidad tras el regreso de trabajadores Covid ordenado por la Secretaría de Salud

El Sindicato de Trabajadores de la Secretaría de Salud del Estado de Tabasco (SITSSAET), turnó a Silvia Roldán un recurso de inconformidad, tras el regreso de trabajadores Covid que se ordenó en días pasados.

Su secretaria general, Lucía Lázaro, puntualizó que se está en desacuerdo con la decisión tomada por la dependencia estatal, pues se señala que los trabajadores del sector que ya hayan cumplido 10 días del inicio de los síntomas de coronavirus, deberán regresar a sus ocupaciones sin someterse a una segunda prueba. 

En el documento entregado a la Secretaría de Salud, se considera como “absurdo” que se pretenda obligar al personal médico a laboral, cuando algunos aún se mantienen con padecimientos, por lo que advirtió que de ser necesario se emprenderán las acciones legales necesarias.

La líder sindical, expuso que les preocupa que en el gobierno federal haya un algoritmo de diagnóstico, y no se esté respetando. 

“Lo que emite el gobierno de México a nivel federal del algoritmo que te dice ‘tu trabajador sales positivo a covid tienes 10 días, tienes que aislarte 10 días y después de 10 días esperar 3 días más, si no tienes fiebre tienes que regresar a trabajar, pero el que no tenga  fiebre no quiere decir que no sea todavía positivo. -¿Estaría obligada la Secretaría hacer la prueba? - Estaría obligada hacer la prueba para confirmar que ya no es positivo, y entonces sí se tiene que presentar a trabajar, pero también por disposición de la Secretaría ya no se van a hacer las pruebas para confirmar que ya no es positivo, entonces ahí entramos en riesgo”, expuso.

Lázaro Pérez, comentó que corte al mes de mayo, se tenía el reporte de 101 casos positivos, de los más de 2 mil afiliados a este sindicato.

Cabe recordar que dentro del documento filtrado por empleados sanitarios, se especifica que para el retorno del personal médico a actividades laborales una vez aplicado el algoritmo, "no es necesaria la toma, ni resultado de una segunda muestra", con base a lo establecido en el artículo 135 de la Ley General de Salud, además que deberán presentarse a laborar a sus unidades de adscripción, y en caso de que el trabajador no acuda después de los términos establecidos, se considerará como falta injustificada de acuerdo a los lineamientos de la Ley Federal del Trabajo.