
El Congreso de la Ciudad de México aprobó la reforma conocida como “Ley Chancla”, en la que se señala que queda prohibido el castigo físico hacia niñas, niños y adolescentes, ya sean agredidos con la mano u otros objetos.
La reforma al Artículo 44 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes comprende lo siguiente: “Las autoridades y los órganos político administrativos, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender, investigar, perseguir y sancionar conforme a derecho corresponda, los casos en que niñas, niños o adolescentes se ven afectados por un castigo corporal y humillante.
De esta manera, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello u orejas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo, o cualquier otro acto que cause dolor o malestar leve a los menores de edad, serán castigados.
Incluso, se sancionará a quien obligue a un niño a participar en delitos o asociaciones delictuosas, conflictos armados, o cualquier actividad que impida su desarrollo integral.
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