Impugnará Videgaray resolución en su contra; cuentas bancarias eran tarjetas de crédito sin adeudo, señala

Impugnará Videgaray resolución en su contra; cuentas bancarias eran tarjetas de crédito sin adeudo, señala

El exsecretario de Hacienda, Luis Videgaray, anunció que impugnará la inhabilitación de 10 años que le impuso la Secretaría de la Función Pública, por no incluir cuentas bancarias en sus declaraciones patrimoniales de tres años consecutivos.

A través de un comunicado que publicó en sus redes sociales, quien fuera funcionario durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, rechazó que haya irregularidades. 

“Es deber de todos los mexicanos apoyar la lucha contra la corrupción que encabeza el presidente López Obrador. En mi caso lo haré impugnando la resolución por la vía institucional, con pleno respeto a la Función Pública”, indicó.

De igual forma, expresó que no “litigará” el tema en los medios de comunicación o en las redes sociales, aunque a su favor, Videgaray Caso expresó que las cuentas bancarias a las que se refiere la SFP de los años 2015, 2016 y 2017, son en realidad tarjetas de crédito que no tenían “saldo deudor” a la fecha del reporte de cada declaración.

“Las tarjetas de crédito de las que soy titular sí fueron referidas en las declaraciones patrimoniales. No fueron incluidas en el apartado de pasivos, (pues no tenían saldo deudor), pero sí son mencionadas en el apartado de observaciones y aclaraciones. Las declaraciones son veraces (pues no se ocultaron pasivos) y evidentemente no hubo intención de ocultar información patrimonial a la SFP (pues las tarjetas de crédito sí se mencionan en la propia declaración, en otro apartado)”, sostuvo.

Además, en la aclaratoria que firmó con dirección de Cambridge, Massachusetts, confirmó que recibió la notificación de la Función Pública desde el pasado 11 de mayo.

Por su parte y en respuesta, la Secretaría de la Función Pública indicó que la impugnación de Videgaray será bienvenida, además de que insistió en que el exsecretario sí incumplió en sus declaraciones patrimoniales, y la sanción es un procedimiento culminado, apegado a la legalidad y pulcritud. 

“La omisión de reportar saldos en cuentas constituye una falta administrativa grave, que vulnera la integridad y ética en el servicio público, y éste fue reiterada durante los años señalados. Para la inhabilitación por 10 años se aplicó la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos en un procedimiento sancionador administrativo culminado, no se trata de una mera acusación”, puntualizó. 




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