Instruye INAI a FGR informe sobre intervención de comunicaciones privadas

Instruye INAI a FGR informe sobre intervención de comunicaciones privadas

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos personales (INAI) instruyó a la Fiscalía General de la República (FGR) para que entregue las versiones públicas de las solicitudes y requerimientos de intervenciones a comunicaciones privadas que se hayan hecho del 1 de enero del 2018 al 31 de diciembre del 2020.

El comisionado Adrián Alcalá Méndez, expuso que los datos que se deben transparentar son sobre las intervenciones que se hayan realizado a autoridades y directamente a concesionarias de telecomunicaciones, autorizadas o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos. 

Además, la Fiscalía debe de informar el número de averiguaciones previas sobre las intervenciones de comunicaciones privadas para extracción y acceso a datos conservados en 2019 y 2020.

“Una persona pidió diversa información estadística, relacionada con el número de solicitudes de intervenciones a comunicaciones privadas; así también como las versiones públicas de dichos requerimientos, tanto de autoridades como a concesionarias de telecomunicaciones. Lo que resalta de la respuesta es sin duda el sujeto obligado no se pronunció respecto a la procedencia de la entrega o no de la información solicitada en la segunda parte de la petición, es decir, respecto a las versiones públicas de las solicitudes de intervenciones a comunicaciones privadas, hechas autoridades y a concesionarios”, leyó. 

Adicionalmente, la fiscalía debe informar del total de carpetas de investigación y la cifra de las que permanecen abiertas.  Especificando la cantidad de carpetas de investigación en las que se ejerció la facultad de abstenerse de investigar; las que se encuentran archivadas temporalmente; las que se decretó el no ejercicio de la acción penal, entre otros datos estadísticos.

Y es que ante la solicitud sobre el tema, la FGR sólo se limitó a orientar al solicitante a consultar la información en la Plataforma Nacional de Transparencia, por lo que el ciudadano interpuso un recurso de revisión que se resuelve. 



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