Ordena INAI a Sedena transparentar contratos y permisos para operación de Mexicana de Aviación

Le instruyó realizar una nueva búsqueda de lo solicitado

Ordena INAI a Sedena transparentar contratos y permisos para operación de Mexicana de Aviación

El Pleno del INAI ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) transparentar contratos, permisos y diversa información relacionada con la Sociedad Aerolínea del Estado Mexicano, S.A. de C.V., mejor conocida como "Mexicana de Aviación".

Y es que un ciudadano solicitó los contratos celebrados con entidades públicas y privadas, incluyendo una lista con la descripción, monto, vigencia y copia del documento; incluyendo todas las autorizaciones, certificaciones y permisos obtenidos conforme a las leyes de aviación civil y de aeropuertos.

Sin embargo, la Sedena se declaró incompetente para conocer de lo solicitado, sugiriendo canalizar la petición de información al Grupo Aeroportuario, Ferroviario de Servicios Auxiliares y Conexos Olmeca-Maya-Mexica S.A. de C.V., lo que derivó la inconformidad ante el INAI.

La comisionada ponente, Josefina Román, explicó que el manejo de los recursos públicos asignados para la operación de esta aerolínea debe ser conocido por todos los mexicanos, pues la intención de que la Sedena la administre es precisamente, para que se dé un manejo transparente de los recursos.

"Para fomentar la rendición de cuentas en las contrataciones públicas, es indispensable conocer en primer lugar qué autoridad es la encargada de la administración de Mexicana de Aviación y, por ende, quién debe rendir cuentas acerca de los contratos que se celebran para ponerla en marcha".

"La transparencia y la rendición de cuentas juegan un papel fundamental, pues son dos elementos que deben caracterizar a la función pública, para lo cual, resulta necesario que las autoridades brinden información accesible, clara y veraz, con la finalidad de coadyuvar en la vigilancia de los recursos públicos", subrayó.

La Comisionada señaló que derivado del análisis de la normatividad e información pública vinculada al caso, se pudo advertir que Sedena sí es competente para conocer de lo solicitado, ya que es parte de la constitución de la sociedad y accionista mayoritario, por lo que el agravio del solicitante es fundado.

En razón de lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de la Defensa Nacional y le instruyó realizar una nueva búsqueda de lo solicitado, en todas las unidades administrativas competentes.

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