Aprueba Senado prohibir y penalizar terapias de reorientación sexual

Si son el padre, madre o tutor de la víctima quienes incurran en las conductas tipificadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento.

Aprueba Senado prohibir y penalizar terapias de reorientación sexual

El Pleno del Senado de la República aprobó este martes la prohibición y penalización de las terapias de reorientación sexual, conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig). 

El dictamen, que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, fue avalado, en lo general, con 69 votos a favor, dos en contra y 16 abstenciones; mientras que en lo particular se emitieron 59 a favor, dos en contra y 15 abstenciones. 

La propuesta adiciona un Capítulo IX, denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud. 

Con ello, se sancionará con dos a seis años de prisión y multas de entre 40 y 80 mil pesos mexicanos, a quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.

Además, sugiere aumentar al doble las sanciones, cuando las conductas se realicen en contra menores de edad, personas adultas mayores o personas con discapacidad; y cuando la persona autora tuviere relación laboral, docente, doméstica o médica con la víctima. 

También aumentarían las penas si se vale de una función pública para cometer el delito o se emplea violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

Asimismo, si son el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez. 

Además, a los profesionales, técnicos o auxiliares de la salud que realicen este tipo de prácticas, se les aplicarán las mismas penas; y serán suspendidos en el ejercicio profesional hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelaría el registro de la cédula profesional respectiva.

Cabe mencionar que las reformas de prohibición y penalización de las terapias de reconversión sexual fueron propuestas por legisladoras de Morena en octubre de 2018, pero estuvieron “congeladas” cuatro años.

Ahora, con la aprobación, a la que se opusieron algunos panistas, el proyecto de decreto fue remitido a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.  





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