Aprueban en Comisión del IEPC lineamientos para las acciones afirmativas en candidaturas a diputados locales y regidores

Presidenta de la Comisión, Ruth Lizette Toledo Peral, destacó el trabajo realizado para la elaboración de estos lineamientos

Aprueban en Comisión del IEPC lineamientos para las acciones afirmativas en candidaturas a diputados locales y regidores

La Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) aprobó este viernes los lineamientos para la implementación de las acciones afirmativas para jóvenes, personas indígenas y afromexicanas, de la comunidad LGBT y personas con discapacidad.

En la sesión, la presidenta de la Comisión, Ruth Lizette Toledo Peral, destacó el trabajo realizado para la elaboración de estos lineamientos, que dijo, retomó parte de los anteriores y se ordena, en esta ocasión, la postulación de personas LGBT y con discapacidad, al mencionar que en el proceso electoral pasado fue optativo.

"Este lineamiento retoma criterios de los lineamientos anteriores en cuanto a la interseccionalidad para personas de la población joven. Permanecen los distritos indígenas: Centla, Nacajuca, Tacotalpa, con fórmulas exclusivas para personas indígenas. Traemos a la mesa algo nuevo, que es con la finalidad de garantizar que las acciones afirmativas comiencen a visibilizarse. Pues traemos para regidurías una candidatura, ya sea de representación proporcional o mayoría relativa para los casos de discapacidad y población LGBTTTIQ+ que quedaron fuera en el reglamento anterior, bueno, no quedaron fuera, quedaron de manera optativa, pero ante la ineficacia de la acción, pues bueno, esta vez se han integrado", comentó.

De acuerdo con los lineamientos aprobados, cada partido político deberá postular al menos seis candidaturas de jóvenes y una fórmula de mayoría relativa por cada planilla para regidor, es decir, deberán ser 17 candidaturas, una por cada municipio, mientras que, por el principio de representación proporcional, lo dejó opcional.

En el caso de las personas indígenas y afromexicanas, estableció que para regidores en el municipio de Centla deberá postular tres fórmulas de las cinco regidurías que conforman el Cabildo, tanto por la vía del voto como de representación proporcional; mientras que Tacotalpa, dos fórmulas, una por mayoría relativa y otra por representación proporcional; y en Nacajuca, una fórmula por la vía del voto.

Respecto a las diputaciones para personas indígenas y afromexicanas, el acuerdo establece que cada instituto político deberá postular dos candidaturas, aunque precisó que la de mayoría relativa tendrá que ser en el distrito que comprende el municipio de Centla, y la otra fórmula por la vía plurinominal, dentro de los primeros siete lugares de la lista de la circunscripción.

En cuanto a las personas LGBT, el IEPC indicó que los partidos deberán postular dos candidaturas para diputados locales, una por mayoría relativa y otra por la vía de la representación proporcional, esta dentro de los primeros siete lugares de la lista, mientras que, para regidurías, una candidatura, ya sea por voto o plurinominal, en el municipio de su elección.

Finalmente, detalló que, para las personas con discapacidad, los organismos políticos deberán postular dos candidaturas para diputados, una por voto y la otra por la vía plurinominal, inscrita en los primeros siete lugares de la lista, y en caso de las regidurías, una fórmula en cualquiera de los dos principios, en el municipio de su elección.