Descarta IEPC presiones políticas en resolutivo a favor de Emilio Contreras

Descarta IEPC presiones políticas en resolutivo a favor de Emilio Contreras

La consejera presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Rosselvy del Carmen Domínguez Arévalo, aseguró que la queja contra el diputado local de Morena, Emilio Contreras Martínez de Escobar, se resolvió con autonomía y sin presiones políticas.

La semana pasada, el Consejo Estatal del órgano electoral determinó que el morenista no cometió violencia política en razón de género por sus expresiones contra la exdiputada local del PRI, Lorena Beaurregard.

Apuntó que los resolutivos que emiten, están apegados a derecho y legalidad, y prueba de ello es que los tribunales electorales han confirmado las sentencias emitidas en materia de violencia política.        

“Nosotros somos un órgano autónomo y lo que hacemos es analizar y deliberar en cada una de las tomas de decisiones y aún cuando en algunos casos, que no es éste, existan presiones de todas partes, el órgano siempre tiene que tomar la determinación de manera autónoma”, aseveró.

Domínguez Arévalo aseveró que respetan los comentarios de Beaurregard de los Santos, quien señaló que los consejeros electorales son los principales violentadores de género.

Además, expuso que está en su derecho de impugnar el resolutivo del IEPCT.

“La cadena impugnativa es el TET, la Sala Regional Xalapa y Sala Superior, estamos en construcción de esta materia, si existe un criterio diferente al nuestro, bienvenido, también para innovarse en el estado -¿Ustedes no ven ofensivo el comentario del diputado?-, No, para nada, totalmente comprensible, como cualquiera de las partes, cuando un resolutivo no es favorable”, comentó.   

La consejera expuso que se tiene que delimitar el tipo de agresión o acto, porque no todos encuadran en violencia política.

 Cabe apuntar que el resolutivo del IEPCT refiere que las expresiones de Emilio Contreras no se encuentran vinculadas con un proceso electoral, ni tampoco se suscitan en el ejercicio de los derechos políticos-electorales, o se basaron en elementos de género, ni mucho menos se trata de algún tipo de violencia, por lo que no tuvieron la finalidad de menoscabar o anular estos derechos. 

  



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