Determina TEPJF que ministros religiosos intervinieron en Proceso Electoral del 6 de junio

Dio vista a la Segob para que determine sanción

Determina TEPJF que ministros religiosos intervinieron en Proceso Electoral del 6 de junio

El Pleno de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este jueves que cinco ministros de culto religioso violaron los principios constitucionales de separación Iglesia-Estado y equidad e igualdad, durante las elecciones del 6 de junio pasado.

De acuerdo con los ministros, los religiosos Juan Sandoval Íñiguez, Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Carlos Aguiar Retes, Mario Ángel Flores Ramos y Ángel Espinosa de los Monteros Gómez Haro, difundieron videos en el marco del Proceso Electoral federal 2020-2021, a través de diversos perfiles y canales de Facebook, Twitter y YouTube, los cuales consideró, tuvieron un impacto en el desarrollo de los comicios.

“Pues se emitieron con la intención de influenciar el sentido del voto de la ciudadanía, lo que evidencia la transgresión a los principios constitucionales de separación Iglesia-Estado y de equidad en la contienda”, señala en un comunicado.

Detalló que los ministros de culto religioso, al tener influencia relevante sobre quienes profesan el credo católico, estaban impedidos para emitir su posicionamiento respecto a la contienda electoral, así como para incitar al voto a favor o en contra de alguna fuerza política o candidatura contendiente.

Finalmente, se ordenó dar vista con la sentencia SRE-PSC-188/2021 a la Secretaría de Gobernación para que, en el ámbito de sus atribuciones, califique la falta e imponga las sanciones que estime conducentes a las personas infractoras, de conformidad con la legislación de la materia. 

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