Dicta IEPC medidas cautelares contra candidatos del PVEM y FxM por difusión de imágenes de menores en sus campañas

Dicta IEPC medidas cautelares contra candidatos del PVEM y FxM por difusión de imágenes de menores en sus campañas

La Comisión de Denuncias y Quejas del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), acordó declarar procedente la emisión de medidas cautelares en contra de candidatos del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y del Partido Fuerza por México (FxM), por la posible vulneración del interés superior de la niñez. 

Al resolver el procedimiento especial sancionador, los consejeros acreditaron que Carlos Priego Pérez, abanderado del PVEM a la alcaldía de Jalapa; Gerardo Manuel Hernández Recinos, aspirante a diputado por el distrito electoral 11 por el PVEM y Alfonso Baca Sevilla, candidato a presidente municipal de Paraíso por el partido rosa, difundieron en sus redes sociales imágenes y videos como parte de su campaña electoral, en los cuales aparecen menores de edad.

Al respecto, el consejero presidente de la Comisión Vladimir Hernández Venegas, recordó que las medidas cautelares se emiten sin prejuzgar respecto al fondo del asunto, y ante la necesidad de prevenir una posible afectación en perjuicio de los intereses de los niños, niñas y adolescentes.   

“En este caso, como en los demás que hemos atendido en la comisión, en los que se ha manifestado que al momento de desarrollar la sesión correspondiente ya las publicaciones, propagandas o aquel acto respecto de la cual se emite la medida cautelar, ha cesado, ya sea porque ha sido bajado de la red o borrada o quitada la propaganda. Estaremos en condiciones de emitir un pronunciamiento tan pronto que en el expediente conste esa circunstancia, actualmente lo que consta en el expediente es la existencia de la publicación”, apuntó.    

Por lo anterior, la Comisión de Denuncias y Quejas fijó que en un término no mayor a 24 horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, los candidatos antes mencionados deben difuminar, ocultar o hacer irreconocible la imagen, voz o cualquier otro dato que hagan identificables a los menores de edad, que aparecen en las fotos publicadas en su página de la red social Facebook.

Asimismo, se ordena se abstengan de publicar en lo sucesivo, en su propaganda electoral, cualquier tipo de imágenes o videos en los que aparezcan niños, sin contar de forma previa con el cumplimiento de las reglas, consentimiento expreso y demás requisitos establecidos para ello en los lineamientos.




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