ESPECIAL: IEPC genera su propia guía para identificar y erradicar la violencia política

ESPECIAL: IEPC genera su propia guía para identificar y erradicar la violencia política

La guía establece los elementos para presentar una queja o denuncia ante el órgano electoral por dichas conductas, además que precisa los tipos de sanciones, las medidas cautelares y de reparación que pueden ser implementadas para cumplir con el fortalecimiento de una democracia libre de violencia.

Para el IEPC, la violencia política contra las mujeres sucede en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o bien en el ejercicio de un cargo público; es perpetrado por el Estado o sus agentes; es simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico, sexual y/o psicológico; tiene por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres.

El consejero del IEPC, Vladimir Hernández Venegas, resaltó que éste, es un documento que se pone a disposición de toda la ciudadanía, no solo para identificar la violencia política contra las mujeres en razón de género, sino para combatirla y erradicarla.

“La implementación de este instrumento es uno más de los que el Instituto Electoral pone a disposición de la ciudadanía para que no permitamos este tipo de actitudes o acciones que generan un menoscabo en el derecho de las mujeres, sobre todo durante los procesos electorales.

“Sabemos que la violencia no es exclusiva de los procesos, pero la intención es que se aplique desde ahora, lo más pronto y que en este proceso que ya está en marcha, no tengamos situaciones qué sancionar, sino que la sanción es prevenir sobre todo, lo primordial es la prevención, sin que dejemos a un lado la sanción en caso de que alguna persona incurra en alguna violación a las leyes en detrimento de los derechos de las mujeres”, aseveró.      

A partir de esta guía, el Instituto Electoral local podrá sancionar las conductas que constituyan violencia política contra las mujeres en razón de género, adicional a las sanciones previstas en el artículo 347 de la Ley Electoral.

A los partidos políticos le podrán reducir hasta un 50% las ministraciones del financiamiento público, e incluso se les podría cancelar su registro como instituto político.

Asimismo, se solicitará al INE que ordene de manera inmediata suspender su difusión, y se asigne tiempo de radio y televisión con cargo a las prerrogativas del ciudadano infractor, quien deberá́ ofrecer una disculpa pública con la  finalidad de reparar el daño.



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