IEPCT advierte ajustes de oficio a partidos que incumplan paridad de género y acciones afirmativas

En postulaciones impares, el número non le corresponderá a una mujer

IEPCT advierte ajustes de oficio a partidos que incumplan paridad de género y acciones afirmativas

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) advirtió que cuenta con la facultad legal para realizar los ajustes necesarios de oficio si los partidos políticos no cumplen con los lineamientos de paridad de género y acciones afirmativas.

La consejera Ruth Toledo Peral, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación, explicó que para cumplir con el principio de paridad constitucional en las alcaldías, los organismos políticos deberán postular de entrada a nueve mujeres y ocho hombres en los 17 municipios del estado.

Precisó que en los casos de postulaciones impares, el número non le corresponderá a una mujer.

Asimismo, para la integración paritaria del Congreso por la vía de representación proporcional, las 14 diputaciones se distribuirán equitativamente entre siete mujeres y siete hombres, respetando además el criterio de verticalidad y alternancia en las planillas municipales.

"¿Qué pasa si no se cumple con la paridad? Si el consejo electoral correspondiente detecta que se incumple con el principio de paridad en las planillas, se estipula en un primer momento dar un término de 48 horas para subsanar el error y en un segundo momento un término de 24 horas y una amonestación pública para lo mismo. Si no hay registro o sustituciones, pues con el incumplimiento del principio de paridad, si no se satisface el último requerimiento, únicamente se registrarán las candidaturas que cumplan con la paridad.

"El incumplimiento de criterios de paridad, si no se atienden los requerimientos relativos a la homogeneidad, alternancia o verticalidad, el consejo electoral realizará de oficio las sustituciones necesarias", advirtió.

En materia de acciones afirmativas, para las jóvenes se reservaron seis fórmulas a diputaciones de mayoría relativa y una fórmula por municipio para regidurías.

Para los pueblos indígenas y afromexicanos se exige al menos una fórmula en el distrito 4 y dentro de las primeras siete posiciones plurinominales, además de regidurías específicas en Centla (tres fórmulas), Cárdenas (una) y Tacotalpa (dos).

Por su parte, la población LGBT y las personas con discapacidad contarán con postulaciones garantizadas tanto en los 21 distritos de mayoría relativa como en los primeros siete lugares de las listas de representación proporcional a diputaciones y deberán incluir de forma obligatoria una fórmula en las regidurías.

"Recordar que, para el tema de acciones afirmativas, por ejemplo, para indígenas ya sabemos que tienen que presentar estas cartas que demuestran el vínculo comunitario. Para el caso de personas con discapacidad deberán presentar la credencial que les da el sistema DIF.

"Las personas de la población LGBT+ su hoja de vida en la que demuestren el trabajo por la población que desean representar y finalmente, para la acción afirmativa de juventud, deberán presentar su acta de nacimiento, que es lo que demuestra su juventud", precisó.

Finalmente, llamaron a partidos y ciudadanos a consultar las reglas vigentes para garantizar la representación efectiva de mujeres, jóvenes, comunidades indígenas y afromexicanas, personas con discapacidad y de la población LGBT.

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