Invalida SCJN demostrar “modo honesto de vivir” para ocupar cargos públicos

El máximo tribunal del país consideró discriminatorio ese criterio

Invalida SCJN demostrar “modo honesto de vivir” para ocupar cargos públicos

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó con siete votos a favor y cuatro en contra, invalidar que a las personas se les pida demostrar el “modo honesto de vivir” para ocupar un cargo público o de cualquier índole, al considerarlo discriminatorio.

Los resuelto por los ministros en la sesión del Pleno, deja sin efecto el criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que las personas a quienes les desconocieron que tuvieran “un modo honesto de vivir”, podrán participar en cualquier puesto público.

La ministra Margarita Ríos Farjat, ponente del proyecto, destacó la importancia de debatir el tema, al representar una consecuencia de relevancia para el orden jurídico nacional, y es que la Sala Superior del TEPJF aplicó el requisito previsto en el artículo 34 de la Constitución (para ser ciudadano mexicano), en el sentido que no se tendrá “modo honesto de vivir” cuando se cometen infracciones reiteradas y graves a las normas constitucionales en materia electoral.

“Si una persona no supera el estándar de la Sala Superior, entonces se determina que esa persona no tiene un modo honesto de vivir, por lo tanto, además de no acceder al cargo de que se trate, pierde al mismo tiempo la ciudadanía”, dijo.

Los juristas reiteraron en el máximo tribunal del país que este requisito no puede exigirse para ejercer derechos político-electorales debido a su ambigüedad, y a que, al aplicarse, podría traducirse en una discriminación.

Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar, comentó que con este criterio el TEPJF puede definir qué es el modo honesto de vivir y despojar de derechos políticos electorales a ciudadanos.

“El modo honesto de vivir, lo determinamos o lo entendimos distinta la Corte y el TEPJF. Para nosotros, esta expresión no puede ser repetida en una ley porque sus alcances no pueden ser fijados de un modo objetivo”, sostuvo.




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