TEPJF deja sin efecto suspensión de la transmisión de las “mañaneras” en Coahuila e Hidalgo

TEPJF deja sin efecto suspensión de la transmisión de las “mañaneras” en Coahuila e Hidalgo

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Consejo General del INE a modificar el acuerdo por el que determinó que los concesionarios de radio y televisión, no podrían transmitir las conferencias mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e Hidalgo, donde se estarán celebrando elecciones el próximo 18 de octubre.

Las magistradas y magistrados, decretaron que el INE deberá sesionar dentro del plazo máximo de 48 horas después de que sean notificados, para realizar los trámites necesarios y que de nueva cuenta se publique en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo impugnado.

La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, dijo que el instituto electoral violó el principio de congruencia.

“Y en ese sentido, de acuerdo con lo expuesto hasta este punto, se hace evidente que el Instituto Nacional Electoral se pronunció sobre un punto que no fue sometido a su consideración, lo que pues se traduce en una violación al principio de congruencia en su vertiente externa, pues introdujo un elemento ajeno a la materia que constituía el objeto de su pronunciamiento, que eran todas las solicitudes que habían sido planteadas oportunamente por las autoridades federales, estatales y municipales respectivas”, señaló.  

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