A partir de este lunes hoteles y restaurantes podrán vender bebidas alcohólicas

A partir de este lunes hoteles y restaurantes podrán vender bebidas alcohólicas
Foto: Michelle Maria en Pixabay

A partir de este lunes se podrá vender bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes de Tabasco, en horario de 11 de la mañana a 8 de la noche, sin embargo, la autorización no aplicará para moteles y restaurantes bar.

Así lo decretó el gobierno al emitir en el Periódico Oficial del Estado, el acuerdo por el que se pronuncian las disposiciones complementarias en materia de la elaboración, venta y distribución de bebidas alcohólicas, al precepto por el que se expresa el plan para transición gradual hacia una nueva normalidad y la reactivación económica de la entidad.

De acuerdo a la publicación, se autoriza la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envase abierto a los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento de: hoteles, con excepción de moteles, y restaurante, con excepción de restaurante-bar, a partir del 22 de junio, en un horario de 11:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo.

Asimismo, se establece que la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto para su consumo en los establecimientos señalados, deberá ser acompañado de alimentos, además que queda prohibida la venta de botellas de vinos y licores, pues solo se permitirá por copeo o cervezas.

Los hoteles y restaurantes, solo podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que

se garantice la sana distancia.

Se precisa que continúa suspendida temporalmente la elaboración, venta y distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto en el territorio tabasqueño, en los establecimientos que cuentan con licencia de funcionamiento de bar, bar con presentación de espectáculos, casinos, club deportivo, centro de espectáculos, desarrollo turístico y recreativo, discoteca, fábrica de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, moteles, inmuebles construidos o habilitados para feria y salón de bailes en forma eventual.

Finalmente, el decreto advierte que el incumplimiento del acuerdo se sancionará con multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y suspensión preventiva de la actividad comercial de bebidas alcohólicas hasta por un plazo de 90 días y, en su caso, la revocación de la licencia de funcionamiento.



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