
El Pleno del Congreso local, aprobó la minuta de la Cámara de Diputados federal que incrementa el catálogo de delitos graves que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Sin mayor discusión, el dictamen fue avalado con 32 votos a favor, cero en contra y una abstención.
Los actos donde ya no se permitirán que los imputados sigan el procedimiento en libertad como hasta ahora son abuso o violencia sexual contra menores; feminicidios; robo de casa-habitación; infracciones electorales; corrupción; hurto al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades; delitos en materia de hidrocarburos; desaparición forzada de personas, e ilícitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
La declaratoria la hizo el presidente de la Mesa Directiva, Tomás Brito Lara.
Asimismo, el Congreso tabasqueño avaló una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, para modificar la denominación de Tribunal de Juicio Oral por Tribunal de Enjuiciamiento, integrado de manera unitaria o colegiada.
Proponen penas severas a delitos culposos y que algunos ilícitos no prescriban
La diputada local de Morena, María Esther Álvarez Hernández, propuso sanción de seis meses a ocho años de prisión a quienes cometan delitos culposos.
En su iniciativa de reforma al párrafo segundo del artículo 62 del Código Penal del Estado, la morenista, dijo que es prioridad del nuevo gobierno, garantizar la justicia, no dejar impunes los ilícitos y que cada sujeto acreedor de la conducta antijurídica, sea castigado conforme a derecho.
“Artículo 62: Los delitos culposos serán sancionados, salvo disposición en contrario, con prisión de seis meses a ocho años, multa hasta de doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. Tratándose de los delitos a los que les corresponda sanción alternativa que incluya una pena no privativa de libertad, se sancionarán con una punibilidad cuyo mínimo será siempre la tercera parte de la pena mínima prevista para el delito de que se trate, y un máximo equivalente al mínimo de la sanción asignada para el correspondiente delito doloso”, destacó.
Por otra parte, el coordinador de la bancada del PRI, Gerald Washington Herrera, planteó modificar el primer párrafo y adicionar un segundo al artículo 98 al Código Penal del Estado para que actos como violación, homicidio calificado, pornografía infantil, pederastia y otros, no prescriban.
“Serán imprescriptibles, tanto la acción penal, como la ejecución de las sanciones, cuando se trate de cualquiera de los siguientes delitos: terrorismo, sabotaje, violación y figuras equiparadas, delincuencia organizada, parricidio, delitos contra la libertad, feminicidio, homicidio calificado, extorsión, tráfico de menores, abuso sexual, pornografía infantil, corrupción de menores o incapaces; inducción y auxilio al suicidio de menores, pederastia, delitos contra el erario y el servicio público por hechos de corrupción; operaciones con recursos de procedencia ilícita, abigeato, robo cometido con alguna calificativa o agravante”, detalló.
Proponen sancionar a chatarreros que compren bienes públicos
El diputado local del PRD, Nelson Humberto Gallegos Vaca, planteó una iniciativa para sancionar a los “chatarreros” que compren bienes del patrimonio público.
Al proponer reformas a Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos del Estado, el perredista expuso que es necesario una regulación más estricta a las empresas recicladoras, para evitar que adquieran metales provenientes de esculturas, nomenclaturas de calles o de la prestación de un servicio básico como tapas, rejillas de alcantarillas, tubería de agua y entre otros.
“Se pretende sancionar a las ‘chatarreras’ hasta con la perdida de la autorización para funcionar, en caso de que compren, vendan este tipo de residuos metálicos”, apuntó Gallegos Vaca.
Manifestó que si en una visita de inspección se detecta la comisión de un delito, se deberá denunciar sin dilación ante la autoridad competente cuando se carezca del documento que ampare el origen de los metales a reciclar, que provengan de tubos de transportación de agua potable o residual e hidrocarburos, cuando se presuma que el residuo metálico provenga de cableado eléctrico de baja o alta tensión, propias de plantas de tratamiento de agua potable o residuales y del alumbrado público, entre otros.
La propuesta fue turnada a comisiones del Congreso local para su análisis y discusión.
Short Link: http://bit.ly/2XKNbNd

Comentarios