Avala SCJN la objeción de conciencia

El personal médico puede negarse a practicar un aborto

Avala SCJN la objeción de conciencia

El proyecto estuvo a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, quien propuso la declaración constitucional de la objeción de conciencia, pero con límites que permitan garantizar el ejercicio del derecho a la salud.

“Que cuando un profesional de la medicina o enfermería ejerza su derecho a la Objeción de Conciencia, deberá dar toda la información y orientación necesaria a la persona beneficiaria de los servicios de salud, lo cual exige, por lo menos, que a través de un trato digno, decoroso y sin discriminación alguna, informe sobre las opciones médicas que existan. Que el personal médico o enfermería objetor de conciencia deberá, señaladamente, abstenerse de emitir juicio valorativo alguno, de carácter religioso, ideológico y personal, que pueda discriminar o vulnerar la dignidad humana de las personas beneficiarias de los servicios de salud”, señaló.

Durante el debate, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, consideró que ésta no puede reconocerse como parte de la libertad religiosa y que es a las mujeres a las que más afecta.

“No comparto que la Objeción de Conciencia forme parte del núcleo esencial del derecho a la libertad religiosa, ideológica y de conciencia, y por ende, se constituya en un derecho humano con rango constitucional. En el parámetro no están recogidos los estándares interamericanos respecto al derecho a la salud, ni los pronunciamientos internacionales, en cuanto al deber de garantizar la salud sexual y reproductiva. La propuesta carece de perspectiva de género e interseccional, al no reconocer que son las mujeres, personas gestantes, personas de orientación sexual diversa y personas con menos recursos, las que más sufren los impactos del ejercicio de la objeción de conciencia en el ámbito de la salud”, dijo.

Sin embargo, ocho de los 11 ministros consideraron que la Objeción de Conciencia no atenta contra el derecho a la salud de las personas, pues es el Estado mexicano, y no el personal de salud, quien debe cumplir esta garantía.



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