
La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó declarar infundados los agravios promovidos por el PRI en relación a la asignación de la senaduría como primera minoría, al perredista Juan Manuel Fócil Pérez.
En sesión, el pleno del tribunal votó a favor del otorgamiento de la constancia de asignación de senador a la primera minoría que realizó el Consejo local de Instituto Nacional Electoral (INE) en Tabasco, al ahora senador electo de la Coalición “Por México al Frente”.
“En cuanto hace al juicio de inconformidad 87 se resuelve: Único, se confirma el otorgamiento de la constancia de asignación de las senadurías de primera minoría a favor de la fórmula de candidatos presentada por la coalición “Por México al Frente”, integrada por los ciudadanos Juan Manuel Fócil Pérez y Christian Gregorio Díaz Carrasco, propietario y suplente, respectivamente, otorgada por el Consejo local del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Tabasco el pasado 8 de julio”, se indicó.
En el proyecto se dio cuenta del por qué no procedió el Juicio de inconformidad promovido por el PRI.
“La pretensión del partido político actor es revocar la constancia de asignación a la primera minoría de la elección de senadores en la citada entidad federativa. Para ello, aduce que se hizo una indebida interpretación del artículo 321 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que la constancia asignación no fue entregada a la fórmula registrada en el primer lugar por el partido, que por sí mismo obtuvo el segundo lugar de la votación en dicho estado, por lo que considera que tal precepto deber ser interpretado gramaticalmente. Se propone declarar como infundado el planteamiento, pues negar o impedir que las fórmulas de candidatos registrados por las condiciones y favorecidas por el voto popular en los comicios pudiesen tener acceso a cualquiera de los cargos de representación popular en atención a la interpretación gramatical que solicita el autor, se traduciría en una restricción a los derechos políticos electorales tanto de los ciudadanos que hubiesen sufragado en favor de sus candidaturas, así como de los candidatos mismos, lo cual desnaturalizaría el sistema de democracia representativa”, se precisó.
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