Ordena la Corte destitución de Bernardo Barrada y el cabildo de Paraíso
La inejecución de una sentencia en materia laboral, la causa

En un hecho que sentó precedentes a nivel nacional, y sobre todo en Tabasco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordenó por unanimidad la destitución y la consignación penal del alcalde de Paraíso, Bernardo Barrada Ruiz y todo el cuerpo edilicio, así como de los directores de Programación y Finanzas, por el incumplimiento al pago de laudos mandatado el 30 de agosto de 2013 en el juicio de amparo 2745/2012.
Ayer, el Ministro José Ramón Cossío Díaz presentó al Pleno de la Corte el asunto 105/2017, en el que explicó que el 10 de diciembre de 2012, 23 ex trabajadores del Ayuntamiento de Paraíso, promovieron un juicio de amparo indirecto en contra del incumplimiento de laudo del 29 de agosto del 2005 y de la resolución del incidente de liquidación del 6 de octubre del 2006, dictados por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
Por lo que el 30 de agosto de 2013, el Juez Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Octava Región, ordenó al entonces alcalde Jorge Alberto Carillo la reinstalación de los 23 quejosos, así como el pago de laudo.

(Imagen: @SCJN)
Sin embargo, ante el incumplimiento de ambos cabildos, el 24 de marzo de 2014 los quejosos interpusieron ante la Suprema Corte, un incidente de inejecución de sentencia, mismo que fue declarado fundado derivando en la separación del actual Cabildo de Paraíso.
“Quedan inmediatamente separados de su cargo, Bernardo Barrada Ruiz, quien ocupa el cargo de primer regidor y presidente municipal, Ángel Mario Lastra Díaz, quien ocupa el cargo de Director de Programación, Álvaro López Osorio, quien ocupa el cargo de Director de Finanzas, todos del municipio de Paraíso, Tabasco y se les consigna ante el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, a fin de que sean juzgados y sancionados por la desobediencia cometida”, ordenó.
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En este sentido, Cossío Díaz detalló que el pasivo laboral pasó de 38 millones a 95 millones de pesos, puesto que dicha deuda viene desde la administración de Sebastián Izquierdo Gómez (2004 – 2006), hasta la actual administración.
“Es preciso señalar que en la resolución de incidente de liquidación del 6 de octubre del 2006, la cantidad a pagar ascendía a 38 millones 913 mil 81 pesos, mismas que con sus actualizaciones y tres pagos parciales a los quejosos, realizados a los 23 quejosos el 12 de octubre de 2017, ascendió a 95 millones (de pesos), aproximadamente”, indicó.
Además de la consignación penal en contra de Barrada Ruiz y todo el Cabildo, ordenó que también el ex edil en el trienio 2013–2015, Jorge Alberto Carrillo Jiménez y quienes integraron ese Cabildo, así como los ex directores de Finanzas y Programación, serán sometidos a juicio penal, dado que hicieron caso omiso a dicha sentencia, pese a que se le pidió que incluyera en su presupuesto de egresos del año 2014, así como en los subsecuentes, el pago de laudo en el juicio laboral 44/2001.
Por ello, dijo que la administración de Carrillo Jiménez tuvo una actitud contumaz y un desacato total, porque no realizaron las gestiones para cumplir con la sentencia, conduciéndose con evasivas.
“Lo que respecta al Ayuntamiento del trienio 2013–2015, se advierte que a pesar de los requerimientos realizados, únicamente se limitó a informar que la administración del trienio anterior, no había dejado presupuestado el monto del laudo del expediente laboral y manifestó que le era imposible efectuar el pago solicitado por falta de recursos para solventar los pasivos laborales”, explicó.
Por otra parte, José Ramón Cossío Díaz mencionó que en el caso de la actual administración, pretendió liquidar dicha deuda con pagos parciales, en algunos casos con 50 mil pesos y en otros con 10 mil, por lo que calificó como actos intrascendentes el proceder del Ayuntamiento de Paraíso, además de que tampoco dio cumplimiento a la reinstalación de los 23 quejosos.
“Es importante destacar que si bien se realizó un cuarto pago a 23 de los quejosos, en diciembre de 2017, los mismos fueron por la cantidad de 10 mil pesos a cada uno de ellos, lo cual no constituye un pago significativo que demuestre la intención de dar cumplimiento a la ejecutoria; dichos pagos revelan que constituyen el 1.8 por ciento del total de lo adeudado, lo que indica que no es ni siquiera la tercera parte”, apuntó.
Por último, en el resolutivo se dejó abierto el incidente de inejecución de sentencia, por lo que quienes asuman el cargo como presidente municipal y regidores, deberán dar cumplimiento al pago de laudos.
Asimismo se advierte que será la Suprema Corte quien presentará la acusación en contra de los señalados, y que de acuerdo a la Ley, dicho delito de desacato previsto en la Ley de Amparo, alcanza hasta los 10 años de prisión.
Tras el ordenamiento de la Suprema Corte, se tendrá que llamar a los suplentes para que asuman como presidente municipal y regidores o en su caso, será el Congreso del Estado quien se haga cargo del asunto, para designar un Concejo Municipal.
Cabe mencionar que dicha resolución, es la segunda que emite la Suprema Corte para separar a un alcalde en funciones, puesto que en noviembre de 2017, los ministros separaron de su cargo al ex delegado de la Venustiano Carranza en la Ciudad de México, Israel Moreno, y en el caso de Tabasco, es el primer caso que se presenta, por una inejecución de sentencia laboral.
También es de mencionar que así como Paraíso, hay otros municipios que han caído en desacato en cuanto al pago de laudos, tal es el caso de Macuspana y Jalapa.
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