Este miércoles juez definirá si dicta vinculación a proceso a bibliotecario por pederastia

Se le podría imponer de diez a quince años de prisión de acuerdo al artículo 328 del Código Penal de Tabasco

Este miércoles juez definirá si dicta vinculación a proceso a bibliotecario por pederastia

Este miércoles se celebrará la audiencia de vinculación a proceso de José Reyes “N”, bibliotecario acusado de agredir sexualmente a al menos 9 niñas de la primaria “Ignacio Zaragoza”, en la ranchería Guineo, primera sección.

Esto, luego de que el pasado viernes se llevara a cabo la audiencia inicial del sujeto, donde éste se reservó su derecho a declarar y su defensa solicitó la duplicidad del término para la audiencia de vinculación a proceso.

Por ello, el Juez de Control de la Región 9 citó para este miércoles 21 de septiembre, en punto de las 12:30 del día, para la celebración de dicha comparecencia.

En ésta, el juzgador determinará si existen o no los elementos para declarar la vinculación a proceso de José Reyes “N”, por los presuntos tocamientos lascivos realizados a nueve niñas al interior de la biblioteca municipal, que se encuentra en el mismo terreno que la primaria “Ignacio Zaragoza”.

Además, en caso de ser vinculado a proceso, el juez dictará las medidas cautelares a las que deberá acatarse el presunto, como puede ser la prisión preventiva, en tanto se concluye el desahogo de pruebas.

Incluso, dictaminará el tiempo que tendrán la Fiscalía y la propia defensa para recabar los elementos que prueben la culpabilidad o la inocencia, según sea el caso.

En el artículo 328 del Código Penal de Tabasco, referente al delito de pederastia, se precisa que “a quien, sin llegar a la cópula o a la introducción vaginal, anal u oral de un objeto, ejecute o haga ejecutar un acto erótico sexual a un menor de catorce años, se le impondrán de diez a quince años de prisión y de mil a mil quinientos días multa”.

En tanto que esta misma ley establece, en su artículo 157, relativo al abuso sexual, que “al que ejecute un acto erótico sexual en persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o que por cualquier causa no pueda resistirlo, o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión”.



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