Acciones para garantizar salud de migrantes en Tabasco no han sido suficientes: CNDH

Acciones para garantizar salud de migrantes en Tabasco no han sido suficientes: CNDH

La CNDH solicitó a diversas autoridades federales y del estado de Tabasco implementar medidas cautelares para salvaguardar la vida y la integridad de los migrantes que se encuentran en el albergue “Casa Hogar para migrantes La 72” y sus inmediaciones.

El organismo nacional, señaló que a través de medios de comunicación conoció el caso de una joven de nacionalidad hondureña, quien requiere un trasplante de médula ósea, pues fue diagnosticada con leucemia en su país de origen, pero durante su viaje a Estados Unidos, se refugió junto con su hermano en el albergue ubicado en Tenosique, de donde posteriormente fue trasladada a un hospital para recibir atención médica.

Ante ello, la CNDH solicitó a las autoridades, implementar, de manera coordinada, acciones que garanticen su acceso a servicios de salud.

Por otro lado, aseveró que debido al incremento del flujo migratorio en la frontera sur del país, los encargados de la “Casa Hogar La 72” declararon emergencia humanitaria ante la saturación de sus instalaciones, lo cual se ha agravado por la pandemia de COVID-19; además de que en las inmediaciones de ese lugar pernoctan familias con niños a quienes no se les ha brindado asistencia adecuada.

En seguimiento al caso, personal de la CNDH ha realizado diversas diligencias, sin embargo, hasta el momento las acciones no han sido suficientes para garantizar el derecho a la salud de las personas migrantes, por lo que solicitaron habilitar lugares de alojamiento para quienes no puedan ingresar al albergue y proporcionarles alimentación adecuada, atención médica y psicológica, priorizando en todo momento a niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas mayores y a quienes viven con alguna discapacidad.

Asimismo, deberán presentar un Plan de Restitución de Derechos, otorgándoles la visa humanitaria a que tienen derecho; beneficiar a sus familiares con la autorización de la condición de estancia por razones humanitarias y determinar un plan de trabajo para verificar quiénes requieren de protección internacional y, de ser el caso, sean canalizadas a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) a fin de elaborar los trámites para que puedan adquirir la condición de refugiado.

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