Amplían horario del transporte público en Tabasco

De lunes a viernes hasta la 8 pm y sábado y domingo a las 7 pm

Amplían horario del transporte público en Tabasco

La Secretaría de Movilidad del estado oficializó los nuevos horarios de servicio del transporte público, que operarán ante el decreto emitido por el gobierno del estado el pasado 15 de febrero, donde se señala que la entidad permanecerá en color naranja en el semáforo epidemiológico por COVID-19.

A través del Periódico Oficial del Estado, la dependencia precisó que todas las unidades del transporte público en todas sus modalidades, y que gocen de una concesión o permiso, deberán prestar el servicio de lunes a viernes de 05:00 a las 20:00 horas, y los sábados y domingos de 05:00 a las 19:00 horas.

Asimismo, reiteró que deberán hacerlo al 50 por ciento de su capacidad.

Mientras que los taxi especial, Taxi Plus, Radio Taxi y Taxi Rosa, podrán prestar el servicio después de las 19:00 horas únicamente en terminales de autobuses, centros comerciales, hospitales y en los sitios autorizados por la dependencia, además que deberán continuar transportando solo un máximo de dos pasajeros.

En tanto que los pochimóviles operarán con un horario de 05:00 a las 19:00 horas, prestando el servicio solo a una persona a la vez.

Indicó que todas las unidades tipo Urvan de transporte público colectivo urbano, que cuenten con la delimitación entre usuarios, solo podrán prestar el servicio a máximo diez pasajeros.

La SEMOVI reiteró que el uso de cubrebocas es obligatorio tanto para pasajeros como para el chofer, además que “queda estrictamente prohibido el consumo de bebidas y alimentos al interior de las unidades del transporte público en todas sus modalidades”.

En el documento oficial, también recordó que las terminales de todas las modalidades de prestación del servicio público de transporte, deberán garantizar la sana distancia entre sus usuarios, choferes, conductores y de todo su personal.

También enfatizó que todas las uniones, empresas, personas físicas, organizaciones mercantiles, sociales o de cualquier otra índole que se encuentre autorizada por la dependencia para prestar el servicio de transporte público, deberá obligatoriamente cerciorarse que todas las unidades se encuentren laborando en los horarios de mayor afluencia.

Finalmente, expuso que los choferes, conductores u operadores de las unidades que incumplan con las disposiciones serán acreedores a sanciones.



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