Personal médico vulnerable del IMSS gana amparo para evitar riesgo de contagiarse volviendo a sus labores
- Francisco Bautista Villegas
- Junio 17, 2020 - 04:00 a.m.
- TABASCO

Personal médico del IMSS de las clínicas 47 y 46 de Villahermosa, así como del Hospital General de Zona No. 2 en Cárdenas, obtuvieron amparos por parte de la justicia federal para obtener una licencia con goce de sueldo, para ausentarse de sus labores por estar dentro de los grupos vulnerables a COVID-19, y por denunciar la falta de equipo de protección para desempeñar sus funciones ante la pandemia.
Ricardo Arturo Pérez, abogado de los recurrentes, expuso que los recursos se promovieron en los juzgados segundo y séptimo de distrito del Poder Judicial de la Federación.
Se trata de 8 personas entre médicos y enfermeras del instituto, cuatro de ellos del Hospital General de Zona No. 2 en Cárdenas, quienes se quejaron por la falta de insumos de protección para afrontar el coronavirus.
Las otras cuatro personas se encuentran dentro de los grupos vulnerables y de riesgo de complicaciones, en caso de contraer la enfermedad.
“Amparada, en diferentes amparos y diferentes jueces de distrito, de aquí mismo de la capital de Tabasco, pero son jueces federales. Han sido médicos y enfermeras los que se han amparado. Unos porque sus condiciones de salud no les permiten continuar laborando, por ejemplo tienen diabetes, hipertensión, alguna otra patología, y otros porque no les otorgan el equipo de protección”, expuso.
Pérez Gómez, expuso que en 2 de esos últimos casos, el IMSS se ha negado a otorgarles el permiso, a pesar de que ya hay un fallo de la autoridad federal para que se puedan resguardar en su domicilio.
Refirió que las enfermeras aportaron valoraciones médicas de especialistas ante el juez federal para comprobar que tienen enfermedades como: asma, en uno de los casos y una hepatopatía, en el otro.
Además, denunció que el área jurídica del IMSS inició un procedimiento de investigación por faltas, contra una de esas enfermeras, aun cuando ya la autoridad federal les notificó del amparo.
“Cuando hay una suspensión de oficio y de plano, esto quiere decir que la medida cautelar se tiene que acatar por la autoridad. En este caso el asunto reclamado por parte de la quejosa, de la enfermera, fue que se le estaba negando la licencia para salir y para salvaguardar su vida. A pesar de ello, el Seguro Social le hace llegar a su domicilio un citatorio administrativo, del área jurídica del instituto, con la intención de rescindir el contrato”, manifestó.
Agregó que el Instituto Mexicano del Seguro Social, alega que no han otorgado la licencia a la enfermera porque aún van a dar respuesta al amparo, aunque el abogado aseguró que la instrucción debió ser acatada de inmediato, por estar en riesgo el bien jurídico tutelado a la salud y la vida del recurrente.


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