TET confirma sanciones económicas a partidos
El Tribunal concluyó que la autoridad responsable actuó correctamente
- Francisco Bautista Villegas
- Enero 20, 2026 - 06:59 a.m.
- POLÍTICA

El Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco confirmó el acuerdo emitido por el Consejo Estatal del IEPCT, mediante el cual se ejecutan las sanciones determinadas por el INE en contra de los partidos políticos PRI, PVEM, PT, MC y Morena, derivado al considerar que dicho acuerdo se encuentra debidamente fundado y motivado.
En primer lugar, el Tribunal confirmó que la autoridad electoral actuó conforme a derecho al determinar que el PRD Tabasco no puede ser sancionado económicamente de manera directa, debido a que se encuentra en proceso de liquidación tras la pérdida de su registro como partido político nacional.
Lo anterior porque de acuerdo con el Reglamento de Fiscalización del INE, las sanciones impuestas a partidos nacionales en liquidación deben incorporarse como adeudos dentro de ese procedimiento y ser atendidas por el interventor designado, por lo que los organismos electorales locales no tienen facultades para ejecutarlas directamente mientras no exista una transmisión formal de bienes y obligaciones.
Asimismo, el TET señaló que el hecho de que el PRD Tabasco cuente ahora con registro como partido local no significa automáticamente que deba asumir las sanciones del partido nacional que perdió su registro, ya que ello requiere un procedimiento específico a cargo del INE.
En segundo lugar, el Pleno Tribunal Electoral de Tabasco, analizó lo relacionado con la reducción del 25% de su financiamiento público mensual para actividades ordinarias. Morena argumentó que dicha reducción era excesiva y desproporcionada.
Sin embargo, el Tribunal resolvió que la reducción del 25% deriva de sanciones impuestas previamente por el Instituto Nacional Electoral (INE) mediante resoluciones que ya son definitivas, por lo que no pueden ser modificadas en esta etapa.
También se aclaró que las autoridades locales solo están facultadas para ejecutar dichas sanciones, no para cambiarlas. Por ello, no es válido cuestionar ahora el porcentaje de la reducción, ya que ese debate debió hacerse cuando se impusieron originalmente las sanciones.
Finalmente, el Tribunal concluyó que la autoridad responsable actuó correctamente, ya que aplicó la reducción conforme a la ley y a las resoluciones firmes del INE, respetando el marco legal vigente.
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